CAROLINA SELLSMIAMI REAL ESTATE

Guía · Actualizado:

Reglas para alquilar por días

En Florida alquilar más de tres veces al año por menos de 30 días convierte tu condo en alojamiento que necesita licencia estatal, y quien decide si se puede en tu unidad es, sobre todo, el reglamento del edificio.

3 vecesal año por menos de 30 días: ya es alquiler vacacional
Licenciaestatal obligatoria para operar
2011normas locales anteriores al 1 de junio siguen valiendo

Fuentes: Estatutos de Florida, s. 509.013 · Estatutos de Florida, s. 509.241 · Estatutos de Florida, s. 509.032 · consultado el 30 sep 2026

Pedir una primera lista y documentosIncluye el tema de esta guía en tu mensaje.

¿Cuándo es alquiler por días según la ley?

Cuando la unidad se alquila más de tres veces en un año por menos de 30 días seguidos, o se anuncia así.

Leer el detalle

La sección 509.013 define alojamiento transitorio como una unidad que se alquila a huéspedes más de tres veces en un año calendario por periodos de menos de 30 días consecutivos, o que se anuncia como un lugar que se alquila con regularidad por menos de 30 días. La sección 509.242 llama alquiler vacacional a una unidad de condominio que entra en esa definición. A partir de ahí aplican licencia, impuestos y las reglas del edificio.

Fuente: Estatutos de Florida, s. 509.013 · consultado el 30 sep 2026

¿Necesito licencia?

Sí. Todo alojamiento de este tipo necesita licencia de la división estatal, y operar sin ella es un delito menor.

Leer el detalle

La sección 509.241 dice que cada establecimiento de alojamiento público debe obtener una licencia de la división estatal que los regula, que la licencia no se transfiere de un lugar o de una persona a otra, y que operar sin licencia es un delito menor de segundo grado. Además, el condado o la ciudad pueden pedir sus propios registros y el pago de impuestos turísticos, que se explican en la guía de impuestos del alquiler corto.

Fuente: Estatutos de Florida, s. 509.241 · consultado el 30 sep 2026

¿Puede el edificio prohibirlo?

Sí. La ciudad tiene límites para prohibirlo, pero el condominio puede restringir alquileres en su reglamento.

Leer el detalle

La sección 509.032 impide que una norma local posterior al 1 de junio de 2011 prohíba los alquileres vacacionales o regule su duración o frecuencia. Eso no alcanza al condominio: su declaración puede limitar el alquiler. Si el condominio cambia sus reglas para prohibir o limitar alquileres, la sección 718.110(13) dice que el cambio solo obliga a quien lo votó a favor y a quien compre después. Por eso, antes de comprar para rentar, lo primero es leer la declaración, no el anuncio.

Fuentes: Estatutos de Florida, s. 509.032 · Estatutos de Florida, s. 718.110(13) · consultado el 30 sep 2026

Esto resume lo que dice la ley y lo que publican las fuentes citadas; no es asesoría legal ni fiscal. Antes de decidir, confírmalo con un abogado o un contador (CPA) con licencia en Florida.

Escrita por Carolina Suárez Rivas, agente inmobiliaria con licencia en Florida (SL3336060).

¿Alguna duda?